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Toda persona que realice actividad comercial (ventas y compras de artículos o de servicio) debe realizar los reportes correspondientes a la DGII (dirección general de impuestos internos). De lo contrario estaría en violación a la ley 11-92 (Código Tributario Dominicano).

 

Principales Impuestos:

ITBIS (Impuesto a la transferencia de bienes industrializados y servicios): Es el impuesto que grava cualquier transferencia, importación, servicio, alquiler de bienes muebles u otra actividad especificada en el artículo 335 del código tributario. La tasa para el 2014 es 18% y algunos artículos  11%, para el 2015 18% y algunos 13% a partir del 2016 abra una tasa única que será el 16%.

 

ISC (Impuesto selectivo al consumo):

 

Es el impuesto que grava la transferencia, producción e importación de algunos bienes  y servicios especificados en el artículo 375. La tasa de este varía desde un 10% hasta un 130%.

 

ISR (Impuesto sobre la Renta) es el impuesto que grava todo beneficio, utilidad o renta de precedencia Dominicana especificada en el artículo 272, su reporte es anual, para las personas físicas varia de un 15% hasta un 25% y las jurídicas la tasa para el 2014 es un 28% y a partir del ejercicio fiscal 2015 un 27%. Existe un tope de exención.  

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